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| 16.- AUTORIZACIÓN DE CONDONACIÓN DE DERECHO DE PISO EN CORRALÓN OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO | |
|---|---|
| DESCRIPCIÓN: | La autoridad fiscal considerara la condonación de derecho de piso, a solicitud del contribuyente siempre y cuando tenga la calidad de víctima |
| DOCUMENTOS O PRODUCTOS QUE SE OBTIENEN: |
Autorización de la condonación de derecho de piso |
| VIGENCIA: | 10 día hábiles después de su notificación |
| HORARIO DE SERVICIO: | 8:00 a 15:00 horas |
| COSTO: | N/A |
| TIEMPO DE RESPUESTA: | 30 días hábiles estimados |
| FORMAS DE PAGO: | N/A |
| LUGARES DE PAGO: | N/A |
| REQUISITOS: |
Nota: todo en original y 2 copias. 1. Oficio signado por la autoridad competente, en el que ordene la devolución por concepto de corralón. 2. Identificación oficial vigente con fotografía. 3. Hoja de Devolución y carpeta de investigación. 4. Número telefónico. 5. Correo electrónico (opcional). |
| PASOS: |
1. El contribuyente debe acudir a la Dirección de ingresos, tomar turno y espera a ser llamado para pasar al Departamento de Impuestos Estatales a realizar el trámite. 2. Entregar el oficio y cada uno de sus anexos. 3. Identificar en el contenido del oficio que ordena la condonación del derecho de piso, analizando los conceptos correspondientes para su validación, si existiera un elemento incorrecto se hará de conocimiento al interesado para su debida corrección 4. Enviar el oficio al jurídico de la Secretaría de Finanzas para su análisis y respuesta. 5. Recepción de la respuesta del Área jurídica de la Secretaría de Finanzas 6. Notificar al interesado de la autorización de su solicitud. 7. Entregar al interesado la autorización de la condonación indicándole se dirija a la Dirección correspondiente. |
| CENTRO DE ATENCIÓN: |
Departamento de Impuestos Estatales |
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| 15.- PAGO DE ISR POR JUICIO DE USUCAPIÓN | |
|---|---|
| DESCRIPCIÓN: | Este trámite permite al contribuyente realizar el pago de I.S.R. de derechos por concepto de juicio de usucapión |
| DOCUMENTOS O PRODUCTOS QUE SE OBTIENEN: |
Recibo que ampara el pago de I.S.R. por Juicio de Usucapión |
| VIGENCIA: | Indeterminado |
| HORARIO DE SERVICIO: | 8:00 a 13:30 horas |
| COSTO: | Cantidad mínima 8 U.M.A.s y/o el 20 % del Valor del Predio |
| TIEMPO DE RESPUESTA: | Inmediato |
| FORMAS DE PAGO: | Efectivo/ Transferencia bancaria / Tarjeta de débito/ Tarjeta de crédito |
| LUGARES DE PAGO: | Ventanilla de cobro de la Dirección de Ingresos y Fiscalización |
| REQUISITOS: |
La documentación se deberá presentar en original y copia Persona física:
Persona moral:
|
| PASOS: |
1. El contribuyente debe acudir a la Dirección de Ingresos, en el Departamento de Impuestos Estatales a realizar el trámite. 2. Revisar y cotejar la documentación. 3. Realizar el cálculo del Pago de I.S.R y darle a conocer al contribuyente 4. Elaborar la orden de cobro 5. Solicitar al contribuyente revise los datos sean correctos y efectué el pago correspondiente en la ventanilla ubicada en el interior de la Dirección de Ingresos y Fiscalización. 6. Devolver documentación original y nos entregue uno de los recibos que le proporcionaron al efectuar el pago. |
| CENTRO DE ATENCIÓN: |
Departamento de Impuestos Estatales |
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| 14.- GENERACIÓN DE CERTIFICADO FISCAL DIGITAL (CFDI) | |
|---|---|
| DESCRIPCIÓN: | Emisión del comprobante fiscal digital, como único esquema valido de comprobación fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (S.A.T.) |
| DESCRIPCIÓN: |
Comprobante fiscal digital en dos archivos electrónicos ("pdf" y "xml", respectivamente) |
| VIGENCIA: | Durante el ejercicio fiscal en el que es emitido, o en los términos que determine la normatividad expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (S.H.C.P), por conducto del Servicio de Administración Tributaria (S.A.T.) |
| HORARIO DE SERVICIO: | Lunes a viernes, de 9:00 a 14:30 horas, y de 16:30 a 17:30 horas |
| COSTO: | Gratuito |
| TIEMPO DE RESPUESTA: | De inmediato a 3 días hábiles estimados |
| FORMAS DE PAGO: | N/A |
| LUGARES DE PAGO: | N/A |
| REQUISITOS: |
1. Cédula fiscal, que contenga los siguientes datos: a) Registro Federal de Contribuyentes. 2. Recibo oficial de pago emitido por las oficinas recaudadoras y/o comprobante del pago emitido y sellado por el banco. (Legible). 3. Correo electrónico 4. Número telefónico |
| PASOS: |
1. Presentarse en el centro de atención con la documentación especificada. 2. Proporcionar cuenta de correo electrónico. 3. Obtención del comprobante fiscal digital mediante correo electrónico o dispositivo de almacenamiento. |
| TRÁMITE EN LÍNEA: |
1. Ingresar a la dirección electrónica http://cfdingresos.finanzastlax.gob.mx; 2. Proporcionar e indicar la información correspondiente: * Registró Federal de Contribuyentes. * Folio del recibo de pago. * Elegir la opción numérica que corresponda al comprobante oficial de pago:
3. Confirmar y/o editar la información relativa a los campos correspondientes. 4. Obtención del comprobante fiscal digital, mediante correo electrónico y/o descarga del portal. |
| ÁREA RESPONSABLE: | Dirección de Informática Financiera Plaza de la Constitución No.3 Col Centro, Tlaxcala Responsable: Ing. Rusell Villegas Conde Director de Informática Financiera Tel: 246 46 52 960 Ext. 1331 Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas |
| CENTRO DE ATENCIÓN: |
Departamento de Estrategia Informática de la Dirección de Informática Financiera |
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| 13.- GENERACIÓN DE CLAVE DE ACCESO A TRAMITANET | |
|---|---|
| DESCRIPCIÓN: |
Facilita el cumplimiento de las obligaciones del contribuyente en materia de impuestos estatales o federales, a través de la recaudadora virtual de esta secretaría |
| DOCUMENTOS O PRODUCTOS QUE SE OBTIENEN: |
Certificado de promoción fiscal |
| VIGENCIA: | Permanente |
| HORARIO DE SERVICIO: | Lunes a viernes, de 8:00 a 14:30 horas, y de 16:30 a 17:30 horas |
| COSTO: | Gratuito |
| TIEMPO DE RESPUESTA: | Inmediato |
| FORMAS DE PAGO: | N/A |
| LUGARES DE PAGO: | N/A |
| REQUISITOS: | Persona física:
Proporcionar un juego de copias fotostáticas de la siguiente documentación:
Persona moral Proporcionar un juego de copias fotostáticas de la siguiente documentación:
|
| PASOS: |
|
| ÁREA RESPONSABLE: | Dirección de Informática Financiera Plaza de la Constitución No.3 Col Centro, Tlaxcala Responsable: Ing. Rusell Villegas Conde Director de Informática Financiera Tel: 246 46 52 960 Ext. 1331 Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas |
| CENTRO DE ATENCIÓN: |
Departamento de Estrategia Informática de la Dirección de Informática Financiera |
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| 11.- DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES PAGADAS INDEBIDAMENTE O EN EXCESO POR LOS CONTRIBUYENTES | |
|---|---|
| DESCRIPCIÓN: |
Otorgar a los contribuyentes las facilidades para la recuperación de su dinero por pagos indebidos o en exceso de los impuestos o derechos estatales realizados en el Estado de Tlaxcala |
| DOCUMENTOS O PRODUCTOS QUE SE OBTIENEN: |
Oficio de devolución del importe pagado en exceso o indebidamente. |
| VIGENCIA: | 5 Años |
| HORARIO DE SERVICIO: | 8:00 a 15:00 horas |
| COSTO: | N/A |
| TIEMPO DE RESPUESTA: | 30 días hábiles estimados a partir de su recepción |
| FORMAS DE PAGO: | N/A |
| LUGARES DE PAGO: | N/A |
| REQUISITOS: |
Nota: La documentación se deberá presentar en original y copia. 1. Escrito dirigido al Director de Ingresos y Fiscalización, en el que se solicite la devolución. 2. Recibo o comprobante de pago, en donde conste el importe cobrado indebidamente. 3. Identificación oficial vigente con fotografía. 4. Caratula del estado de cuenta no mayor a tres meses 5. Número telefónico, fijo y/o móvil 6. Acta Constitutiva y/o Poder Notarial. 7. Comprobante de domicilio no mayor a tres meses. 8. Constancia de Situación Fiscal |
| PASOS: |
1. El contribuyente debe acudir a la Dirección de ingresos, al Departamento de Impuestos Estatales a realizar el trámite. 2. Entregar la documentación para que sea revisada y cotejada en el sistema del departamento de impuestos estatales para comprobar el cobro y/o registro incorrecto. 3. Se integra un expediente con la documentación recibida por parte del interesado y se procede a su respectiva validación. 4. Se procede a realizar la resolución del trámite 5. Se le notifica al contribuyente la resolución del trámite de devolución 6. Se envía a la Dirección Administrativa el oficio de devolución junto con la resolución y expediente de la devolución, para que proceda a realizar el movimiento de devolución. |
| CENTRO DE ATENCIÓN: |
Departamento de Impuestos Estatales |
















